Las medidas acordadas en un divorcio o separación (custodia, pensión de alimentos, régimen de visitas) no son inamovibles. Si las circunstancias vitales o económicas cambian sustancialmente, la ley permite solicitar su modificación judicial. Te asesoramos para iniciar o defenderte de un procedimiento de modificación.
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Valoración del cambio: Analizamos si el cambio de circunstancias es suficientemente relevante y acreditable para justificar una modificación judicial de las medidas vigentes.
Negociación o vía judicial: Intentamos un acuerdo con la otra parte o, si no es posible, presentamos la demanda de modificación de medidas y te representamos en el procedimiento.
Envíenos un mensaje a través de nuestro formulario de contacto o llámenos al 93 380 33 32. Le atenderemos lo antes posible en nuestro despacho, situado en el centro de Terrassa.
Conocemos los requisitos jurídicos para acreditar el cambio sustancial de circunstancias y sabemos cómo presentar las pruebas adecuadas ante el juzgado.
Te asesoramos tanto si quieres modificar las medidas vigentes como si te opones a una modificación solicitada por la otra parte.
Actuamos con rapidez cuando es necesario, solicitando medidas provisionales si el caso es urgente (por ejemplo, impago reiterado de la pensión).
Resolvemos las dudas habituales sobre cuándo y cómo se puede modificar lo acordado en el divorcio.